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Además de los gastos mencionados hasta el momento, en caso de necesitar financiación para la compraventa del inmueble , el comprador ha de afrontar también los siguientes gastos para formalizar su hipoteca (A pesar de ser por los mismos conceptos que los anteriores, estos gastos son independientes al aplicarse al concepto de hipoteca) |
GASTOS DE TASACIÓN |
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Es de obligado cumplimiento por Ley, la valoración del inmueble por tasadores oficiales antes de autorizar el préstamo hipotecario. Son a cuenta del solicitante del préstamo y su cuantía oscila aproximadamente alrededor de los 180 Euros. |
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COMISIÓN DE APERTURA, GASTOS DE ESTUDIO Y GESTIÓN DE HIPOTECA
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Determinados por la entidad financiera, aunque en numerosas ocasiones son objeto de negociación; Por regla general oscilan entre un mínimo de 300,51€ y un máximo del 2% del capital solicitado. |
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| I.A.J.D. (IMPUESTO SOBRE ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS) |
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Es de pago obligado por el beneficiario del crédito a la Hacienda Pública correspondiente, siempre que se realice documento público de la hipoteca. Su coste es del 1% de la responsabilidad hipotecaria (aproximadamente 1.9 veces el capital).
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| GASTOS NOTARIALES |
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Es el coste a pagar por el beneficiario del crédito por la intervención del Notario en la formalización del crédito en Escritura Pública. Su cuantía se establece en función del importe solicitado a la entidad bancaria (adjuntamos tabla aproximativa al final del presente documento).
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| GASTOS REGISTRALES |
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Honorarios del Registrador de la propiedad por su labor en la inscripción de la hipoteca. Este gasto corresponde al beneficiario del crédito o comprador. Al igual que los gastos notariales su cuantía se establece en función del importe solicitado a la entidad bancaria (adjuntamos tabla informativa al final del presente documento).
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